Seleccionar página

Las personas voluntarias del ERE de Digitex pueden empezar a respirar tranquilas

Las personas voluntarias del ERE de Digitex pueden empezar a respirar tranquilas

El Tribunal Supremo comparte la tesis de USO y estima que las salidas voluntarias se encuadran dentro de un Despido Colectivo

En el año 2020 se presentó por parte de Comndata un Despido Colectivo que afectaba a 451 personas trabajadoras de manera forzosa, el cual, después de unas negociaciones muy intensas USO consiguió que se transformara en unas salidas de la compañía EXCLUSIVAMENTE para VOLUNTARIOS. CGT, en contra de la voluntad mayoritaria de los trabajadores y trabajadoras denunció ese ERE y puso a los afectados al pie de los caballos en una situación trágica, ya que la Audiencia Nacional en su sentencia situó dichas salidas en la esfera de las bajas voluntarias, por lo que todos y todas tendrían que tributar la indemnización y devolver la prestación por desempleo, a la que no tenían derecho.

Ante ello desde USO, para intentar solucionar este estropicio y este sin sentido, se  interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que éste estimara que esas salidas se encontraban bajo el amparo de un Despido Colectivo. El Tribunal Supremo por fortuna ha avalado esta tesis y reconoce estas salidas dentro del ámbito de un Despido Colectivo y no como acuerdo mutuo entre empresa y persona trabajadora, mandatando a la Audiencia Nacional para que vuelva a dictar sentencia sobre el fondo del asunto pero partiendo ya de que se encuentran ante un auténtico Despido Colectivo.

Independientemente de lo que estime ahora la Audiencia Nacional, a esta situación tan extrema que ha puesto a las personas trabajadoras en una situación tan agónica de incertidumbre, inseguridad y con unas posibles consecuencias tan nefastas, se ha llegado únicamente por la sin razón, la temeridad y el total desprecio de CGT hacia los trabajadores y trabajadoras. Se sigue sin entender, por mucha pureza sindical que se quiera vender y por mucha letra que se quiera publicar, como un sindicato puede dañar y perjudicar tanto de forma consciente y premeditada a los trabajadores y trabajadoras, excepto, claro está, que se interponga los egos personales y los intereses del sindicato por encima de las personas trabajadoras.  USO esta satisfecho con esta sentencia ya que gracias al recurso se ha facilitado seguridad y un balón de oxígeno a trabajadores y trabajadoras afectadas.

↓ACCEDE AL COMUNICADO

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías

AFILIACIÓN JUVENTUD