¿Qué pasa si no puedo ir al trabajo por la nieve? ¿Necesito un justificante?
Muchas personas hoy no han podido acudir a su trabajo por la nieve, ¿qué supone no poder ir a trabajar? ¿Se necesita justificante? USO responde a estas dudas
No acudir al trabajo por nieve no es sancionable. La ausencia en el puesto de trabajo por una situación de climatología adversa se considera una causa de fuerza mayor.
Estas situaciones, que ocurren cíclicamente, una o dos veces cada año, y en algunas zonas en más ocasiones dado que son más habituales las inundaciones o temporales de nieve, no están reguladas de manera específica en nuestra legislación. Esto provoca una gran inseguridad en los trabajadores y genera situaciones de riesgo.
¿Puede la empresa sancionar a un trabajador que no acuda a su trabajo?
Hay que tener claro que, aunque no haya una regulación específica, aparte de lo que se haya negociado en algunos convenios colectivos, la empresa no puede sancionar al trabajador afectado por el temporal de nieve y que no puede acudir a su puesto de trabajo.
Si, a pesar de las circunstancias, el desplazamiento es imprescindible y siempre que se las vías y carreteras estén en condiciones de ser transitables, ha de extremarse la precaución. Ten entonces en cuenta todas las recomendaciones para una conducción segura.