La Inspección sanciona a Ryanair por prácticas ilegales tras la denuncia de USO
USO reclamó en septiembre del 2021 ante la Inspección de Trabajo que la aerolínea irlandesa estaba abonando a las personas trabajadoras, tripulantes de cabina, cuyo contrato laboral era por horas, unas retribuciones por debajo del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) y la autoridad laboral ha emitido una resolución en la que sanciona a Ryanair por estos métodos no conformes a la Ley
USO-Sector Aéreo demostró que en el momento de la denuncia muchos de los TCP (Tripulante de Cabina de Pasajeros) percibían unas nóminas por debajo de dicho SMI, al no especificarse si esos contratos eran a tiempo completo o a tiempo parcial. La Inspección ha corroborado este hecho y la cuantía que deben recibir las personas implicadas.
Inspección de trabajo ha iniciado procedimiento sancionador por la comisión de una infracción grave en materia de relaciones laborales, con multa que oscila entre los 751 y los 7.500 euros.
En esa misma denuncia ante Inspección, el sindicato USO también reclamaba supervisar los contratos por horas a los tripulantes de cabina realizados a través de Workforce y de Crewlink Ireland Limited, resultando también abiertos procedimientos sancionadores por infracción grave en materia de relaciones laborales.
Llueve sobre mojado con esta aerolínea y su forma de proceder. La Inspección de Trabajo vuelve a dar la razón a USO e indica que » la empresa tiene la obligación de garantizar la percepción, con carácter mensual, de al menos la cantidad establecida como salario mínimo interprofesional, ya que, de otra forma, sin el abono mensual de al menos esa cantidad no resultaría posible alcanzar el objetivo que la normativa en materia de salario mínimo persigue, que no es otro que el de hacer efectivo el derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y a sus familias un nivel de vida decoroso”.