¿Sabes que tu cuota sindical con USO, desgrava?
No olvides incluir el importe total de tu cuota sindical anual en la casilla 0014 de tu próxima declaración de la Renta 2022. El 11 de abril comienza la campaña. ¿Qué es lo que debes saber?
Lo primero y fundamental es si estás obligado a presentar la declaración, o no.
La obligación de presentar la declaración es para todas las personas físicas que tengan unas rentas por encima de los 22.000€, en el caso de tener un pagador.
Si una persona ha tenido dos pagadores o más, estarán exentas de presentar la declaración de la Renta aquellos ciudadanos con rentas inferiores a los 15.000€. Y la deberán presentar aquellos contribuyentes que si lo superen y en el supuesto de que los ingresos por el segundo pagador sean mayores a los 1.500€ anuales. En el caso que las rentas del segundo y restantes pagadores, sean en su conjunto inferiores a 1.500€, el límite será de 22.000€.
En el caso de percibir el IMV (Ingreso Mínimo Vital) no estás obligado u obligada a declarar pero si pretendes prolongar la prestación, la Seguridad Social sí exige haber presentado la declaración de la Renta.
¿Cuál es el calendario del contribuyente para este año?
- 11 de abril: se abre plazo para acceder al borrador y presentar de la declaración por internet.
- 3 de mayo: se podrá solicitar cita previa para presentar la declaración por teléfono.
- 5 de mayo: se abre el plazo para hacer la declaración por teléfono.
- 25 de mayo: se podrá solicitar cita previa para la presentación presencial de la declaración de la Renta 2022.
- 1 de junio: se abre plazo para presentar la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- 27 de junio: termina el plazo para los contribuyentes con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
- 29 de junio: último día para pedir cita previa para la declaración de manera presencial o por teléfono, así como para confeccionar el borrador.
- 30 de junio: finaliza el plazo para la presentación de la declaración de la Renta 2022.
Hay varios canales para poder presentar la declaración de la Renta. Podrás hacerlo tanto de forma telemática, a través de la web de la Agencia Tributaria, como por teléfono o de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
Tanto para la declaración por teléfono como presencial, es necesario cita previa a través de un número de teléfono habilitado para tal fin y de la web de la Agencia Tributaria.