Seleccionar página

Todo lo que necesitas saber sobre el trabajo nocturno

Todo lo que necesitas saber sobre el trabajo nocturno

Dudas sobre el trabajo nocturno y el plus de nocturnidad

El trabajo nocturno es un tema que genera confusión, especialmente en torno a quién tiene derecho a cobrar el plus de nocturnidad. En la Federación de Servicios de USO, aclaramos tus dudas sobre el trabajo nocturno y cuándo debes recibir este complemento salarial.

 ¿Trabajo nocturno, qué es?

Según el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores, se define como trabajo nocturno aquel que se realiza entre las 22 horas y las 6 horas del día siguiente. Es importante destacar que, aunque los convenios colectivos pueden ampliar este horario, nunca pueden reducirlo.

Las restricciones para menores

Es fundamental mencionar que, por legislación, los menores de 18 años tienen prohibido realizar trabajos nocturnos. Esta medida busca proteger su desarrollo y bienestar.

¿Cuándo tienes derecho a cobrar el plus de nocturnidad?

Para tener derecho al cobro del plus de nocturnidad, es necesario cumplir con ciertas condiciones:

– Debes trabajar, al menos, tres horas entre las 22:00 y las 6:00 (a menos que tu convenio colectivo establezca otro mínimo).
– Alternativamente, deberás realizar en período nocturno una parte no inferior a un tercio de tu jornada de trabajo anual.

Casos Especiales: ¿Todos tienen derecho al plus?

No necesariamente. Existen trabajos cuya naturaleza implica que se desarrollen exclusivamente durante la noche. En estos casos, el plus de nocturnidad ya estaría incluido en la retribución del contrato. Ejemplos de ello son algunos convenios  o en servicios de recogida de basuras.

Importes y regulaciones del plus de nocturnidad

¿Cuál es el importe del plus de nocturnidad?

El importe del plus de nocturnidad no está fijado de manera uniforme. En muchos casos, se regula como un porcentaje adicional sobre la hora ordinaria, mientras que, en otros convenios, se establece una cantidad específica por cada hora trabajada durante la noche.

¿Quiénes tienen derecho al plus de nocturnidad?

Cualquier persona trabajadora que cumpla con los requisitos relacionados con las horas nocturnas tiene derecho a cobrar el plus de nocturnidad, independientemente de si realiza su jornada de forma habitual o esporádica.

 ¿Qué sucede durante vacaciones o bajas?

Dado que el plus de nocturnidad es variable y se paga según las horas nocturnas trabajadas, si estás de baja o de vacaciones, no recibirás este complemento por esos días. Sin embargo, tu contrato o convenio puede incluir mejoras específicas que modifiquen esta situación.

Es esencial estar bien informado sobre el trabajo nocturno y sus implicaciones en términos de derechos y compensaciones. Si tienes más dudas, no dudes en consultar con el sindicato USO.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías