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Cambio importante en los plazos de mediación y convocatoria de huelga

Cambio importante en los plazos de mediación y convocatoria de huelga

El pasado 23 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE el texto del VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos (ASAC), en el que hay varias novedades y una de las más relevantes es un nuevo cambio en los plazos de mediación previa a una convocatoria de huelga.

El texto es ambiguo y lo único que recoge es que debe presentarse una solicitud de mediación por parte del convocante, previa la comunicación formal de huelga, pero sin concretar ningún plazo mínimo obligatorio. Por ello, desde USO hicimos una consulta al SIMA para que nos aclararan qué plazo se debía establecer para una convocatoria de huelga legal.

En su respuesta nos confirman que ha desaparecido ese plazo de 72 horas para los convocantes y que de cara a la presentación de la convocatoria formal de huelga bastará con acreditar que se ha presentado la solicitud de la mediación ante el SIMA, sin necesidad de esperar a que se resuelva.

El plazo de 72 horas sigue vigente pero solo para el propio SIMA. Este debe tramitar los procedimientos de huelga en un plazo máximo de 72 desde el inicio de la tramitación de la solicitud de mediación.

El V ASAC ampliaba el plazo a mínimo 72 horas

Recordemos que con la publicación del V Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos (ASAC), en 2012, se establecían nuevas obligaciones de cara a la mediación y búsqueda de solución extrajudicial de conflictos. Una de las novedades más relevantes y de dudosa legalidad, desde nuestro punto de vista, era la que afectaba a los plazos que se debían cumplir a la hora de presentar la convocatoria de huelga.

El V ASAC aumentó los plazos a la hora de presentar la convocatoria de huelga. Establecía la obligatoriedad de que, entre la mediación y la comunicación de huelga, debieran trascurrir como mínimo 72 horas. A partir de ese momento había que tener en cuenta ese nuevo plazo para establecer la estrategia sindical de cara al calendario de huelga, como a la hora de que formalmente la convocatoria fuera legal, tal y como recoge el artículo 17 en los puntos 1 y 2 del V ASAC:

1. Antes de la comunicación formal de una huelga, la mediación deberá producirse a solicitud de los convocantes. Éstos deberán formular por escrito su solicitud incluyendo los objetivos de la huelga, las gestiones realizadas y la fecha prevista para el inicio de la misma. De dicho escrito, se enviará copia al empresario.
2. Entre la solicitud de mediación y la comunicación formal de la huelga deberán transcurrir, al menos, setenta y dos horas desde su inicio, salvo que las partes, de común acuerdo, prorroguen dicho plazo. El SIMA deberá, en el plazo de veinticuatro horas, atender la solicitud de mediación, proceder conforme a lo establecido en el artículo 14.3 sobre designación de mediador o mediadores y convocar a las partes para llevar a cabo la mediación.

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