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¿Por qué los 15 minutos de cortesía no son para todas las personas trabajadoras?

¿Por qué los 15 minutos de cortesía no son para todas las personas trabajadoras?

Los 15 minutos de cortesía no son para todas las personas trabajadoras; únicamente se aplican a la plantilla de Caixabank

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia sobre los 15 minutos de cortesía en Caixabank

Recientemente, el Tribunal Supremo ha resuelto que se deben considerar como tiempo de trabajo efectivo tanto los 15 minutos de cortesía al llegar al trabajo como el tiempo dedicado al desayuno para la plantilla de Caixabank.

Es crucial subrayar que esta interpretación se restringe únicamente a las personas empleadas de esta entidad y no se extiende como una regla general.

La sentencia, que proviene de un acuerdo alcanzado en 1991 entre la dirección de La Caixa y las secciones sindicales, indica de manera explícita que tanto la pausa del desayuno como los registros hechos en los 15 minutos siguientes al inicio de la jornada laboral deben contarse como tiempo efectivo de trabajo.

Esta decisión ha provocado un debate y desacuerdo entre la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.

La importancia de comprender el alcance de la sentencia y las posibles sanciones en otras empresas

Por ello USO hace incapie en que esta sentencia interpreta un acuerdo de CaixaBank.  Se aplica a las personas trabajadoras de dicha empresa y no es extrapolable a otras. No se trata de una doctrina generalizada, sino de un caso concreto interpretado por el Supremo. El incorrecto análisis y aplicación de la jurisprudencia puede tener, incluso, consecuencias disciplinarias para las personas trabajadoras de otras empresas.

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