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Publicado en el BOE el convenio colectivo estatal de agencias de viajes.

Publicado en el BOE el convenio colectivo estatal de agencias de viajes.

Ya se ha publicado el convenio colectivo estatal de agencias de viajes  para el periodo 2019-2022 en el  Boletín Oficial del Estado (BOE) convenio suscrito con la organización empresarial Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), en representación de las empresas del sector, y la representación de las personas trabajadoras el 8 de julio del 2021 y que entre sus novedades hay que destacar la regulación por primera vez del teletrabajo.

El convenio explica con detalle en su artículo 18 las condiciones en las se regulará el teletrabajo en las empresas. Entre otras circunstancias, señala que el teletrabajo tendrá carácter voluntario y reversible y la empresa tendrá que poner a disposición de la persona  trabajadora todas las facilidades y los medios técnicos necesarios para desarrollar su trabajo.

Como compensación y gastos por el trabajo a distancia, las cantidades que vienen cobrándose en el concepto de Plus Transporte  se seguirán cobrando en las mismas condiciones.

Se tiene como objetivo compensar a las personas teletrabajadoras por aquellos gastos que pudieran derivarse por su adscripción a la modalidad de teletrabajo. El concepto pasará a denominarse Plus Transporte/Teletrabajo.

Una vez terminado el período de vigencia fijado, se entenderá prorrogado de año en año, La vigencia de este convenio será desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022, excepto para aquellas materias en las que se fije una vigencia diferente salvo que se realice una denuncia expresa por cualquiera de las partes afectadas.

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