Seleccionar página

Registro de jornada laboral

Registro de jornada laboral

USO aclara las dudas frecuentes sobre el registro de jornada laboral

USO Servicios responde a interrogantes comunes sobre el registro de jornada, una obligación crucial para las empresas que buscan cumplir con la normativa laboral vigente en España.

A continuación, se desglosa la información más relevante sobre este importante tema.

Obligación de registro de jornada

¿Qué establece el Estatuto de los Trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores (artículo 34.9) estipula que todas las empresas deben llevar un control efectivo y real de las horas trabajadas por las personas trabajadoras. El registro diario debe incluir el horario de inicio y fin de la jornada y debe ser garantizado por la empresa. Este registro se organizará mediante negociación colectiva, acuerdos de empresa o decisiones empresariales previa consulta con las personas representantes legales de los trabajadores/as (RLPT).

Duración del almacenamiento y acceso a la información

Las empresas están obligadas a conservar estos registros durante un periodo de cuatro años, y deben estar a disposición de la plantilla, representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Finalidad del registro de jornada

¿Por qué es necesario?

El principal objetivo del registro de jornada es asegurar el cumplimiento de los límites en materia de jornada y descansos.

Esto crea un marco de seguridad jurídica tanto para empleados/as como para empresas, además de facilitar el control por parte de la Inspección. En última instancia, se busca erradicar la explotación laboral y los bajos salarios.

Aplicación del registro

 ¿A quién se aplica?

El registro horario es obligatorio para todos los trabajadores/as, abarcando todos los sectores de actividad y todo tipo de empresas. Esta medida incluye a trabajadores/as móviles, comerciales, temporales, y aquellos que trabajan a distancia.

¿Cómo afecta este registro?

El sistema de fichaje no puede suponer ningún coste adicional para la persona trabajadora y garantiza que se computen todas las horas extraordinarias y descansos. En caso de incumplimiento, los/as trabajadores/as pueden acudir a la Inspección con pruebas válidas.

Registro de horas extraordinarias

¿Cómo se diferencian del registro de jornada?

El registro de horas extraordinarias es una obligación legal (artículo 35.5 Estatuto de los trabajadores) que se complementa con el registro diario de jornada, y destacamos que estas horas se documentan día a día y se totalizan según el periodo fijado para el pago.

Compensación de horas extras

¿Qué opciones existen?

La compensación de horas extraordinarias dependerá de lo contemplado en el convenio colectivo aplicable o en el contrato individual, pudiendo ser abono económico o tiempo de descanso. Si no hay acuerdo, se entiende que las horas extraordinarias se compensan con descanso dentro de los cuatro meses posteriores a su realización.

 Medios de registro

¿Cómo cumplir con la obligatoriedad?

No hay un método específico requerido para el registro diario de la jornada. Las empresas pueden utilizar diversos sistemas, tanto en papel como digitales, que garanticen una información fiable, inmodificable y no manipulable.

Ejemplos de sistemas de fichaje:

– Introducción manual de datos en Excel
– Sistemas GPS en teléfonos móviles
– Hardware digital (tarjetas con chip, código QR)
– Software de control horario en la nube
– Sistemas biométricos

¿Quién puede implementar el sistema de registro?

Los sistemas de registro se establecen a través de negociación colectiva o acuerdos de empresa, debiendo someterse a consulta con representantes sindicales. En caso de no existir una representación sindical, corresponde a la empresa establecer el sistema.

¿Qué sanciones puede enfrentar la empresa por incumplimiento?

Las empresas que no cumplan con el registro de jornada pueden enfrentarse a sanciones económicas que oscilan entre 751,00 € y 7.500,00 €. En caso de reincidencia, las multas pueden aumentar significativamente.

Desde USO Servicios consideramos que el registro de trabajo es una obligación que protege tanto a personas trabajadoras como a las empresas. Estar bien informado sobre este tema no solo ayuda a cumplir con la legislación, sino que también contribuye a mejorar las condiciones laborales y combate la precariedad en el empleo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías

    AFILIACIÓN JUVENTUD