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Se firma el acuerdo en el ERE de Phone House con el asesoramiento de USO

Se firma el acuerdo en el ERE de Phone House con el asesoramiento de USO

El 6 de junio de 2023, la empresa THE PHONE HOUSE SPAIN informó al comité de empresa del centro de Coslada (Madrid) y a otros 66 centros de trabajo en todo el territorio nacional informando del despido colectivo de 304 personas trabajadoras

Con fecha 20 de julio se ha llegado al final del período de consultas con un acuerdo positivo, tras 8 reuniones entre la parte social, en la que USO fue parte integrante de los representantes ad hoc del centro soporte de forma consultiva, y la bancada empresarial logrando alcanzar un entendimiento rubricado en estos principales puntos:

  • Desafectación del ERTE de más de 100 personas, quedando el número de personas damnificadas por debajo de 200.
  • Se ha pasado a la modalidad de franquicia a un total de 6 centros de trabajo.
  • La indemnización lograda ha sido de 27 días por año, 17 mensualidades, con un tope de 45.000 euros.
  • Se permitirá las permutas entre personal no afectado y personal en tiendas afectadas siempre y cuando se cumplan los siguientes puntos:

– La productividad de la persona que deja la compañía debe ser siempre inferior a la de la persona que se queda (si no, estaríamos condenando a perdidas el futuro de la nueva tienda al sustituir personal productivo por otro que no lo es).

-La persona que se queda debe asumir que su nueva tienda es la que ha quedado disponible, tanto en horario y turnos como en jornada y localización. O en cualquier otra situación siempre que la empresa acepte y previa información a la comisión de seguimiento.

  • Buena productividad. Adicionalmente, La empresa manifiesta que, con los datos de productividad, tienen en torno a 20-25 trabajadores con una productividad buena, siempre que dichos trabajadores no se encuentren asignados a tiendas que estén en paso a franquicia o bien a las que se les ha dado un plazo para reevaluar su viabilidad, por lo que proponen que se desafecte a dichos empleados del despido colectivo.
  • Para todos aquellas personas trabajadoras que, a la fecha de la extinción de su relación laboral derivada del presente Acuerdo, con 55 años o más años de edad, que no tuvieren la condición de mutualistas el 1 de enero de 1967, la Empresa se obliga a suscribir y abonar las cuotas destinadas a la financiación de un convenio especial de dichos trabajadores hasta que cumplan la edad de 61 años, en los términos previstos en la Disposición Adicional Décimo Tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Para finalizar hay que indicar que el salario regulador saldrá de calcular el importe anual bruto resultante de la suma de todos los conceptos retributivos salariales percibidos dentro del periodo comprendido entre junio de 2022 y mayo de 2023 (ambos inclusive).

La implantación de la medida extintiva se llevará a cabo en el plazo comprendido desde el 31 de julio de 2023 (inclusive), hasta el 31 de octubre de 2023.

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