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USO gana la aplicación del plus de fijo discontinuo para el personal de tierra de Iberia a tiempo parcial

USO gana la aplicación del plus de fijo discontinuo para el personal de tierra de Iberia a tiempo parcial

Tras demanda del sindicato, cada persona trabajadora con contrato fijo discontinuo percibirá 174,72 euros/mes indistintamente si es a jornada completa o parcial

USO-Sector Aéreo ha conseguido en la Audiencia Nacional una importante sentencia que termina con un trato discriminatorio hacia más de 500 trabajadores de tierra de Iberia con contrato fijo discontinuo a tiempo parcial, por el que comenzarán a cobrar un plus salarial de 174,72 euros mensuales.

Tras demanda de impugnación parcial del XXII Convenio Colectivo del Personal de Tierra de Iberia interpuesta por USO, la Audiencia Nacional ha considerado que limitar el cobro de un complemento salarial únicamente a los trabajadores fijos discontinuos contratados a tiempo completo, sin que lo puedan percibir los contratados a tiempo parcial, supone un trato discriminatorio y considera este plus de naturaleza indivisible, por lo que todos las personas trabajadoras fijas discontinuas deben percibir dicho complemento íntegro todos los meses.

Concretamente, el artículo 13 de la tercera parte del Convenio Colectivo de Iberia recogía este plus destinado, exclusivamente, a fijos discontinuos con contrato a tiempo completo, alegando sus especiales circunstancias.

Sin embargo, USO consideraba que no existían especiales circunstancias que diferenciasen el fijo discontinuo a tiempo parcial del fijo discontinuo a tiempo completo, entendiendo que se producía una discriminación hacia este colectivo con el contrato más precario en Iberia, y presentó la demanda a la que se adhirieron posteriormente CCOO y UGT, firmantes del convenio en el que ambos sindicatos aceptaban este plus claramente discriminatorio.

Recomendamos a nuestros afiliados/as afectados que se pongan en contacto   con   nuestras   secciones   sindicales   para   preparar   la   demanda correspondiente y, aquellos que no estén afiliados/as,  que se afilien para poder también llevarles a cabo su demanda.

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