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Un juzgado de Cáceres avala a una trabajadora en la demanda por accidente laboral en su domicilio

Un juzgado de Cáceres avala a una trabajadora en la demanda por accidente laboral en su domicilio

La protagonista tuvo una caída con lesiones en el codo y en la zona costal derecha al salir del cuarto de baño mientras se dirigía a la mesa del ordenador donde realizaba sus funciones como teleoperadora de la empresa Atento Teleservicios en la provincia de Cáceres. La mutua que presta contingencia profesional a dicha compañía, Fraternidad Muprespa, determinó en primera instancia que no se trataba de un accidente laboral, entendiendo que la baja de la trabajadora se debía determinar como una IT

El tribunal en su resolución indica que «Nadie pondría en tela de juicio la oportunidad de considerar accidente de trabajo el sufrido por una empleada en idéntica circunstancia si trabajase en una fábrica, oficina o tienda». Por lo tanto, se debe aplicar la legislación laboral vigente y reconocer las coberturas a la trabajadora para evitar la desprotección.

Su señoría condena a la mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Fraternidad Muprespa, a abonar las prestaciones correspondientes a la trabajadora de Atento  Cáceres y declara la responsabilidad subsidiaria del INSS y TGSS en caso de insolvencia de la primera.

Desde la Secretaría de Salud Laboral de la  Federación de Servicios de USO, aunque la sentencia no es firme, entendemos que se abre un nuevo horizonte  respecto a las trabajadoras y trabajadores que vienen ejerciendo sus empleos en aquellas empresas que apuestan por la modalidad de Trabajo a Distancia.

Todavía queda un largo camino por regular en este sentido pero este tipo de sentencias allanan el terreno para consolidar la protección de las personas trabajadoras en este novedoso marco laboral que pensamos es muy beneficioso para ambas partes.

 

 

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